El 95% de los trabajadores por cuenta propia no tendrán acceso a estas ayudas. Son incompatibles con la prestación extraordinaria de la Seguridad Social. ATA denuncia que es obligatorio el cese actividad para beneficiarse.
Los autónomos se encuentran en una difícil coyuntura. En la actual situación, tienen que decidir si solicitan la ayuda extraordinaria de la Seguridad Social por caída de negocio o beneficiarse del resto medidas como la moratoria hipotecaria, el rescate del plan de pensiones, el aplazamiento del alquiler o el bono social eléctrico, porque en ningún caso son compatibles. La Administración está pidiendo el cese actividad para acceder a las medidas de carácter social puesta en marcha por el Ejecutivo.
La baterías de medidas como la moratoria en hipotecas, el rescate del plan de pensiones, el aplazamiento del alquiler o el bono social eléctrico solo se materializarán si hay cierre del negocio. En la práctica, supone que los autónomos tendrán que decidir cesar su actividad o acogerse a la prestación extraordinaria facilitada por la Seguridad Social. Según denuncia la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) el 95% de los trabajadores trabajadores por cuenta propia se quedará sin este tipos de ayudas, si no cierran el negocio.
¿El objetivo de la ayuda es dinamitar el tejido productivo?
La tramitación de estas ayudas por parte de bancos, propietarios de locales o compañías eléctricas se están realizando en base a que las personas afectadas puedan acreditar su situación de vulnerabilidad. Para ello, se hace “obligatorio” la presentación del certificado de cese de actividad emitido por la Agencia Tributaria, explica el presidente de la asociación, Lorenzo Amor.
El 95% de los autónomos están manteniendo el alta en la actividad, ha remarcado Amor. La asociación reclama que las ayudas sean compatibles con la prestación extraordinaria que puso en marcha el Gobierno con motivo del Estado de alarma para los trabajadores por cuenta propia que se vieran afectados por el cierre de su negocio debido a la declaración del estado de alarma o cuya facturación haya caído en el mes un 75% .
ATA pide que el simple hecho de haber tenido aprobada la prestación extraordinaria debería ser un requisito de vulnerabilidad para poder solicitar el resto de ayudas sociales. Con la actual articulación legal de las ayudas, el cese de actividad viene acompañado de causar baja de la Seguridad Social, con lo que se perdería el derecho a la prestación extraordinaria.
Como de costumbre, inseguridad jurídica
La diputada del Grupo Parlamentario Ciudadanos María Muñoz Vidal ha registrado una pregunta al Gobierno en el Congreso respecto a esta situación y ha señalado que existe “una falta de claridad, que genera inseguridad jurídica y que puede dificultar el acceso de los autónomos a las diferentes ayudas, aumentando el riesgo de que se vean forzados a cerrar”.
Por ello, pregunta al Gobierno si considera que este requisito de cese de actividad resulta congruente con la finalidad perseguida por este tipo de ayudas sociales y si cree que tiene sentido que se exija certificar el cese de actividad para el acceso a una ayuda social “cuyo fin precisamente debería ser contribuir al mantenimiento de dicha actividad”. También cuestiona si el Ejecutivo contempla emitir algún tipo de aclaración al respecto.