Un arancel de 1973 impide la libre consulta de los datos de las empresas españolas y el uso de herramientas de ‘big data’. El Gobierno reconoce que es “discriminatorio” pero no ha concretado sus planes para derogarlo.
“El Registro Mercantil es un instrumento capital en la prevención y detección de la corrupción y el fraude. Pero sus datos están secuestrados”, denunciaba en una tribuna en este medio Jaime Gómez-Obregón, ingeniero informático y activista por la transparencia. El rescate que hay que pagar por acceder a la información de las empresas en España es un arancel que cobran los registradores, encargados de la gestión del Registro Mercantil, y que se convierte en su sueldo. Cualquiera que quiera acceder a esta base de datos pública, ciudadanos, pymes, grandes compañías o periodistas, debe pagar por cada consulta que haga.
Las tasas que hay que abonar varían en función del dato al que se quiera acceder. Una nota simple con la última información suministrada por una empresa está en torno a 10 euros. El precio no se ha modificado desde la etapa franquista, puesto que el último cambio data de 1973, según explican desde el Colegio de Registradores. El problema es que ese pago impide que la sociedad civil, ciudadanos individuales o periodistas puedan hacer consultas masivas al Registro Mercantil a través de herramientas avanzadas de análisis de datos, ‘big data’ e inteligencia artificial. Estas técnicas permiten contrastar cientos de miles de documentos a la vez, pero para acceder a ese volumen de información habría que pagar millones de euros debido al arancel.
“Un registro público, como lo es el Registro Mercantil, sirve para dar fe pública de la existencia de una persona jurídica, quiénes la componen, cuál es su objetivo y patrimonio”, explica Patricia González, coordinadora en España de la ONG protransparencia Access Info. “El pago de un arancel, por muy bajo que sea, no debe limitar el derecho de acceder a información, ya no solo porque sea relevante en la lucha contra la corrupción o la evasión fiscal, sino también necesaria para lograr transparencia en la contratación pública y promover un buen ambiente empresarial que brinde garantías a grandes y pequeñas empresas por igual”, recalca en conversación con elDiario.es.
Un sistema previo a la informática en la era de la inteligencia artificial
El arancel que siguen interponiéndose entre los ciudadanos y los datos mercantiles se concibió en una época previa a la informática. En aquella época la consulta de los datos del Registro Mercantil debía hacerse manualmente: obligaba al oficial a ir a buscar el tomo que contuviera la información requerida, copiarla y entregarla al solicitante. La tasa de acceso iba dirigida a pagar ese trabajo.
En 1996 tuvo lugar la última gran renovación de la ley que regula el Registro Mercantil. Los diputados decidieron no tocar el arancel franquista pensado para una época previa a la informática, aunque entonces ya empezaba a desarrollarse. Los registradores mantuvieron así los ingresos que obtienen cobrando un peaje por consultar una base de datos que contiene información pública. Hoy, en plena era de la economía del dato, el arancel sigue activo. “No es un método anacrónico”, rechaza el vicedecano del Colegio de Registradores, José Miguel Tabares.
En una entrevista con elDiario.es que se reproduce al final de esta información, Tabares asegura que el método que utiliza el Registro Mercantil español es el mejor de las tres opciones que se han establecido alrededor del mundo. “Aquí la cuestión no es que [el acceso] sea gratis, sino quién lo paga”, manifiesta. El registrador explica que la fórmula utilizada en algunos países anglosajones es que sean las empresas las que paguen por la publicidad que tienen que tener sus datos. La segunda vía, prosigue, es que se pague vía presupuestos del Estado.
La tercera, que es la que se utiliza en España, es que paguen todos los que usen el Registro: pagan las empresas cuando depositan una información, que a partir de ese momento pasa a ser pública; y pagan todo el que quiera consultarla (excepto los cuerpos de seguridad e investigadores judiciales). Ese dinero lo gestionan los registradores.
“Somos funcionarios públicos, pero con un sistema particular, como el de los notarios. Asumimos la gestión del servicio público que se nos encomienda y lo financiamos con los ingresos que obtenemos por el propio servicio público. Es decir, los ingresos que se abonan en el Registro Mercantil, cuando se hace esa consulta por ejemplo, sirven para pagar la estructura del Registro Mercantil, a los empleados que trabajan allí, al registrador también, por supuesto. Y no supone un coste para el Estado”, afirma Tabares.
Lucha contra la corrupción
Las fuerzas de seguridad y los organismos anticorrupción no pagan por acceder a los datos mercantiles. Más allá de ellos, los únicos que pueden librarse del arancel de acceso son los investigadores que lleguen a convenios especiales con los registradores, que les proporcionan datos anonimizados de las empresas. Es decir, pueden acceder a las cuentas, pero no rastrear a qué compañías pertenecen.
El vicedecano del Colegio de Registradores también rechaza que esta situación perjudique la lucha contra la corrupción. “No comparte” el argumento de que una labor vigilante de ciudadanos, periodistas y sociedad civil pueda desincentivar el fraude.
“Las autoridades que persiguen el fraude de verdad, que son las que desincentivan, como Hacienda, los cuerpos de seguridad del Estado y demás, quizá lo que deberían es tener más medios. No se trata de que los datos estén disponibles para todos, se trata de que los que persiguen el fraude dispongan de más personal y de más medios para poder utilizar todos esos datos. Si lo piensas, por mucho que pueda desincentivar una investigación particular, no deja de ser una investigación de un particular. Eso a una empresa que se dedica a estas actividades fraudulentas le da lo mismo, le da exactamente igual”, dice Tabares en conversación con este medio.
No se trata de que los datos estén disponibles para todos, se trata de que los que persiguen el fraude dispongan de más personal y de más medios para poder utilizar todos esos datos
La postura que sostiene el vicedecano del colegio de Registradores es muy discutida fuera de su gremio. No solo por ingenieros de datos como Gómez-Obregón, que ha diseñado herramientas de análisis de datos públicos premiadas por su valor en la lucha contra la corrupción. También por todas las organizaciones de transparencia. “Vale la pena recordar que, en la mayoría de las ocasiones, quienes sacan a la luz casos sobre corrupción o mal manejo de recursos, son periodistas u organizaciones de la sociedad civil que no cuentan con los recursos suficientes para tener acceso a toda la información contenida en estos registros”, insiste González, de Access Info.
Mantener un sistema que impide la consulta libre de datos públicos se cuestiona asimismo en directivas europeas, como la de Datos Abiertos, así como en estrategias nacionales de Moncloa. De hecho, el IV Plan de Gobierno Abierto de España cita expresamente la “mejora en el acceso a los datos recogidos en el Registro Mercantil” como uno de sus objetivos para el período 2020-2024: “En España actualmente la información está disponible solo para aquellas personas que paguen para obtenerla, creando una discriminación y desigualdad en el acceso a la información”.
Pese a ello, el Gobierno no ha explicado si piensa derogar la tasa. elDiario.es ha preguntado por ello al Ministerio de Justicia. El departamento que dirige desde hace dos semanas Pilar Llop ha dado acuse de recibo, pero una semana y varios recordatorios después no ha podido elaborar una respuesta oficial que pueda ser incluida en esta información.
La transparencia calculada
En la última década se han aprobado leyes de transparencia tanto españolas como europeas que marcan una línea contraria a la que perdura en el Registro Mercantil. Hay un truco que lo ha permitido, puesto que existe una vía para acceder gratuitamente a la información de las empresas españolas: se puede hacer examinando cada día las publicaciones oficiales de todas las delegaciones provinciales del Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME).
Son en torno a un centenar de referencias que enumeran cada uno de los cambios que comunican las empresas por provincia. Se publican en PDF, un formato práctico para los humanos pero muy complicado de leer para las máquinas, lo que genera muchas dificultades para extraer y categorizar automáticamente la información del BORME. “Se acogen a lo mínimo que pueden para cumplir las leyes de transparencia, pero sin que la información que publiquen sea útil. Para encontrar los datos de las empresas en el BORME tienes que saber de antemano dónde buscar. Pero si no lo sabes, que es lo normal, pues no encuentras nada”, explica Pablo Castellano.
Castellano es otro ingeniero informático con interés por la transparencia que se preguntó cómo es posible que el Registro Mercantil sea una base de datos pública pero con acceso gravado a los ciudadanos. En 2014, como proyecto de fin de carrera, diseñó una herramienta para enseñar a las máquinas a interpretar lo que dicen los PDFs del BORME, categorizarla y guardarla asignada a la empresa que corresponde. Luego desarrolló un buscador para bucear en la base de datos resultante. La denominó LibreBORME y publicó sus tripas en código abierto.
Castellano dejó su máquina funcionando y se dedicó a otros proyectos. Al cabo de los años LibreBORME se había convertido en una alternativa gratuita al Registro Mercantil. Al menos para los datos de las empresas a partir de 2009, fecha en la que la ley de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos obligó a digitalizar el BORME. Sin embargo, en 2019 recibió un burofax de una empresa que, en representación de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, le ordenaba interrumpir su actividad inmediatamente por violación de propiedad intelectual de la marca BORME. Le sugerían, como forma de llegar a un acuerdo amistoso, que les entregara gratuitamente el dominio LibreBORME.
Tras consultar a abogados y lograr una conversación directa con el director de la Agencia que gestiona el BOE, Castellano consiguió llegar a un acuerdo que permitía al proyecto seguir activo a cambio de que dejara de utilizar la palabra “BORME”. La solución de Castellano fue denominar su herramienta como “LibreBOR” y registrarla en el dominio .me.
El ingeniero no tiene dudas acerca de cómo su buscador de código abierto puede molestar a los registradores. “Choca con el modelo de negocio del Registro Mercantil. Si tú quieres información de una empresa tienes que pagar por una nota simple, que son unos 10 euros. Por cada consulta pagas otros 10 euros. Claro, si tu empiezas a publicar esos datos en un formato accesible estás hundiéndoles el modelo de negocio arcaico que tienen”, denuncia.
José Manuel Tabares: “Si se quita esta fuente de financiación, habría que sustituirla por otra”
Conversación completa mantenida con el vicedecano del Colegio de registradores para la elaboración de este reportaje.
Me gustaría hablar con usted del arancel de acceso al Registro Mercantil y su importancia en la lucha contra el fraude.
Hay muchos asuntos en estos asuntos y además con muchas aristas. Por un lado el tema de blanqueo, de combatir el fraude, es ajeno a este debate, porque sí que tienen el acceso completo a todos los datos sin coste. Ese debate no existe.
¿Se refiere a los organismos judiciales y las fuerzas de seguridad?
Sí, y al Seplac [Autoridad Supervisora en materia de prevención del blanqueo de capitales], Hacienda, el Banco de España… La parte de persecución de actividades delictivas, blanqueo de capitales y actuaciones de fraude, todo eso está cubierto.
¿No cree que en 2021 ese tipo de investigaciones puede llevarlas a cabo la sociedad civil, el periodismo sin ir más lejos, pero también la ciudadanía, con herramientas de análisis de datos?
Pero en ese caso es una actuación que realiza una persona como particular o en el ejercicio de su profesión, pero no estamos hablando de las actuaciones realizadas por las administraciones públicas. Ese el supuesto al que tenemos que acotar la discusión. Estamos hablando exclusivamente de las actuaciones llevadas a cabo por particulares o profesionales en el ejercicio de sus funciones.
Solo hay tres sistemas posibles en todo el mundo para gestionar el Registro Mercantil, tres soluciones. Ninguna de ellas es gratuita. Hay una forma que es la que tenemos ahora mismo en España, que supone que aquellos que quieren conocer la información pagan una tasa. Un arancel que es muy moderado, o bien al Registro Mercantil, o bien a empresas que dan además otros servicios, sobre todo de estudios, de cuentas y demás. Luego existe la opción en la que el acceso se realiza por cualquier persona sin hacer ningún pago. Es el sistema que existe en algunos países anglosajones, en el que todas las empresas pagan una cantidad, una tasa anual, para que sus datos sean accesibles.
Y la tercera solución que hay es que esto se financie con los presupuestos del Estado, vía impuestos de todos los ciudadanos. No hay más soluciones. Aquí la cuestión no es que sea gratis, sino quién lo paga. A mí el sistema español, donde el que paga es el que consulta la información, me parece que es el más acertado, aunque esto siempre es objeto de múltiples discusiones. La mayor parte de los consultantes de esa información son profesionales en el desempeño de su actividad que van a cobrar una tarifa por prestar un servicio con relación a la información que obtienen.
¿Se refiere a las empresas que se dedican a ofrecer a acceso a los datos mercantiles?
Me refiero a las empresas que se dedican a intermediación, a empresas que valoran riesgos, auditores… Todos ellos acceden a unas cuentas anuales, pagan el importe de las cuentas anuales (que creo que son 6 euros por documento, es decir, que son unas cantidades mínimas), y luego realizan auditorías por un valor que puede ser de miles de euros. Parece lógico que lo paguen. Los supuestos en los cuales una empresa tiene que consultar con quien contrata, eso cuesta 2,10 euros. Hombre, si voy a hacer una operación de 300.000 euros, por ejemplo, que es lo normal en empresas grandes, pagar 2,10 euros para conocer los datos del administrador… El coste es muy marginal. Esa es la realidad.
El coste del arancel de consulta es muy marginal
Ahora bien, si no fuera este el sistema, habría que decidir quién lo paga. En el caso del pago previo de las empresas, lo que se argumenta en los países que han seguido este planteamiento es que las compañías son las beneficiadas de que se conozcan sus datos. Por tanto, tienen que pagar por mantener ese acceso gratuito a sus datos. Y está la tercera opción, que es a mí la que me parece más injusta, que es vía impuestos, porque al final el acceso genera beneficios para unas empresas. Parece más justo que sean las empresas las que asuman ese coste a que sean los ciudadanos en su conjunto.
¿Cuánto costaría a las arcas públicas asumir el coste de liberalizar los datos mercantiles?
Sinceramente, no lo sé. Estamos hablando posiblemente de millones de euros.
¿Millones de euros?
Sí, mantener el sistema es carísimo. Hay que tener en cuenta que estamos hablando de millones de sociedades. El Estado puede hacerlo, no es España pueda quebrar por asumirlo. Simplemente yo creo que es menos eficiente. A la vez, hay que pensar que esta es una fuente de financiación del Registro Mercantil. Si se quita esta fuente de financiación, habría que sustituirla por otra.
La corrupción le cuesta a España 90.000 millones de euros al año. ¿No cree que si esos datos fueran transparentes a toda la ciudadanía se podría desincentivar el fraude? Si se consiguiera rebajar esa cifra un 1%, ya saldría a cuenta sufragar el acceso público a los datos mercantiles.
Las autoridades que persiguen el fraude de verdad, que son las que desincentivan, como Hacienda, los cuerpos de seguridad del Estado y demás, quizá lo que deberían es tener más medios. No se trata de que los datos estén disponibles para todos, se trata de que los que persiguen el fraude dispongan de más personal y de más medios para poder utilizar todos esos datos. Porque si lo piensas, por mucho que pueda desincentivar una investigación particular, no deja de ser una investigación de un particular. Eso a una empresa que se dedica a estas actividades fraudulentas le da lo mismo, le da exactamente igual.
En el menudeo de la corrupción no sé si da exactamente igual, en los contratos que se asignan sin concurso, a lo mejor saber que tu vecino, al que no le has dado el contrato, tiene acceso a las cuentas de la empresa…
Sí pero ojo, porque ese es otro punto. Son las administraciones públicas las que dan esos contratos y ahí sí que hay acceso a los datos. Esto se centra solo en particulares accediendo a datos de empresas privadas. En la práctica yo no veo ese desincentivo del fraude. Ese argumento no lo comparto.
Explicaba que los principales actores que acceden a la información del Registro Mercantil son las empresas que se dedican a dar un servicio en base a esos datos y cobrar por él. ¿Esto no podría ser una consecuencia de que exista un arancel de consulta?
No, no… Me explico mejor. Una empresa, cuando va a contactar con otra y quiere comprobar su solvencia, requiere de un profesional. Un economista, un auditor, alguien que examine esa contabilidad. Lo más habitual, lo que hacen el 99,9% de las empresas, es designar una compañía externa especializada que examina esto. Esos son en realidad los profesionales que acceden a las cuentas. Nadie pide, salvo un supuesto muy particular o muy extraño, cuentas de empresas para examinar la situación si no tiene un interés económico. Los que examinan las cuentas son los que saben de cuentas. Cuando estamos hablando de contratos entre empresas, ahí que asegurarse con quién estás contratando, pero eso tiene un coste de 2,10 euros, es decir, un coste muy marginal. Es más caro enviar por correo el documento firmado. Yo no he tenido constancia de que estas empresas hayan protestado por las tarifas de acceso, porque son unas tarifas que no se han incrementado en los últimos 40 años, se han quedado totalmente desfasadas.
Nadie pide, salvo un supuesto muy particular o muy extraño, cuentas de empresas para examinar la situación si no tiene un interés económico. Los que examinan las cuentas son los que saben de cuentas.
La reivindicación para liberalizar el acceso que hacen las organizaciones de transparencia o los ingenieros de datos no va en relación con lo que se paga por una sola consulta individual, sino por un acceso masivo. El arancel impide descargar datos que están en el registro y analizarlos con técnicas de ‘big data’ e inteligencia artificial.
Sí, pero ahí hay un matiz. Si estamos hablando de actuaciones de investigación anonimizadas sí que se puede acceder…
¿A qué se refiere con anonimizada?
A la empresa de la que proceden los datos. Tú puedes realizar un estudio anonimizado de las cuentas, pero sin saber si las cuentas son de Ferretería Pérez o de Ferretería Martínez. Tú tienes las cuentas, sabes que se dedican a ese sector pero no tienes ese acceso a todos los datos, porque en el fondo tú estás haciendo una investigación, a ti te da igual si esto es porque a Martínez le va muy bien y a Pérez le va fatal. Si estamos hablando de eso, eso se hace por vía de convenio y ya existe. Pero no estamos hablando de eso. Lo que se está pidiendo es el acceso con todos los datos y hay empresas que lo que quieren es constituir registros mercantiles paralelos.
¿Eso ha ocurrido en los países anglosajones? ¿Se han constituido registros paralelos?
Claro. De hecho en España también existen y eso que el acceso tiene un coste. Hay empresas que prestan la información propia de los registros mercantiles, dan el mismo servicio.
¿Esas empresas tienen algún tipo de acuerdo especial con el Registro Mercantil? ¿Pagan por la misma tasa que el resto de ciudadanos?
Sí, sí, la pagan igual.
¿No tienen ningún acuerdo especial con la administración?
No. Lo que quiero que vea es que ese negocio, incluso teniendo un coste inicial, es muy rentable, porque a esas empresas les va muy bien. Si lo que estamos planteando es que la información sea gratis, ¿cómo vamos a mantener el sistema? Volvemos al principio. Si no lo paga el que solicita la información, lo tendrá que pagar el propietario de la información o lo tendrá que pagar el Estado, si el sistema se cae.
Si lo que estamos planteando es que la información sea gratis, ¿cómo vamos a mantener el sistema?
¿Cuándo se aprobó el arancel de consulta?
Es de 1973. Y no se ha actualizado. Los precios ahora son ridículos. Con una suma de varios conceptos, todos de unos céntimos. El precio al final es tan marginal que puede haber empresas que compren todos los datos de todas las empresas españolas para dar a su vez una segunda publicidad, como Axesor o como eInforma por ejemplo.
Le preguntaba por la fecha porque el arancel es previo a la informática y se aprobó pensando en que en aquella época había que ir al libro de cuentas físico, sacar el documento, copiarlo, entregarlo. Pero la digitalización ha hecho que pueda ser consultable inmediatamente, ¿no se ha perdido el sentido de que haya que realizar un pago por acceder a los datos?
No, mire… Esto es algo así como si yo voy a un supermercado y cojo la lata de la estantería y digo pues como esto no ha supuesto nada me la llevo gratis. No, resulta que hay todo un proceso previo para que esa lata esté en la estantería. En el caso del Registro Mercantil pasa exactamente lo mismo. Es un producto final de acuerdo a un proceso. Hay una primera fase en la que el registrador mercantil recibe una documentación, documentación que examina, que califica jurídicamente y después de ese control de legalidad acuerda la publicidad. Lo siguiente que acuerda es el contenido de esa publicidad. Eso es lo que se sube al programa informático. Es verdad que ahora no hay que ir a un tomo y fotocopiarlo, sino una arquitectura informática que te permite acceder con total seguridad a ese dato. Si tuviéramos que funcionar con el sistema del año 70, de tal modo que hubiera que ir a por el documento, abrir el tomo, entregarlo y demás, es cierto que con los 2,10 euros no se podría pagar, porque ni siquiera podríamos pagar a la persona que va a por el tomo. Aquí es verdad que la informática ha permitido reducir mucho los costes. Ahora bien, esa reducción de costes se ha llevado ya verdaderamente al extremo y curiosamente, esto podría trasladarse a otros muchos servicios públicos y ninguno mantiene los precios del 73, con lo cual el Registro Mercantil otra cosa no, pero no se puede decir que no que hemos sido muy eficientes en la gestión de ingresos y gastos.
¿No le parece anacrónico que en 2021 se mantenga un sistema de pagos por acceder a una base de datos que son públicos? Aunque los precios sean muy bajos, ese arancel impide que se puedan usar herramientas de ‘big data’ e inteligencia artificial para analizar los datos de las empresas.
Eso es una información falaz. Los registros mercantiles son tecnológicamente punteros y dan una información segura y responsable de calidad jurídica. Esto se logra combinando principios hipotecarios y jurídicos que tienen una antigüedad muy grande, con las últimas tecnologías. El Registro Mercantil no es solo una base de datos porque el elemento fundamental no es el dato, es la calidad del dato. Cuando consulto el Registro Mercantil no me vale que me digan que hay un montón de información de una sociedad. Yo lo que necesito saber es si la persona que tengo sentada delante de mí puede firmar o no un determinado documento vinculando a la sociedad. Eso es un principio jurídico básico. Es un sistema que garantiza una calidad absoluta del dato y además asume la responsabilidad en caso de error. No es que yo te diga que el administrador es ese señor, sino que en caso de que no lo sea, responderé de los perjuicios causados. Y el sistema funciona tan bien que no tenemos apenas daños y perjuicios. Eso, a su vez, se combina con una tecnología muy avanzada que te permite recibir depósitos de cuentas de casi 200.000 sociedades en un solo día pico. No acepto que me diga que es un sistema anacrónico.
El Registro Mercantil no es solo una base de datos porque el elemento fundamental no es el dato, es la calidad del dato
No me refería a que el funcionamiento del Registro Mercantil sea anacrónico, sino a la reglamentación del arancel de consulta.
La consulta, lo que regula la normativa desde aquella época hasta ahora, es el derecho a consultar, no la forma en que se realiza la consulta. Pero lógicamente, tú tendrás que ir a una información fiable. Se puede consultar quién es el administrador de una sociedad en Google, pero no es una información fiable. Se puede hacer en la página web de la sociedad, claro que sí, pero eso no vale de nada. Yo necesito una información fiable y con las cuentas pasa exactamente lo mismo. La mayor parte de las empresas tienen disponible en sus páginas web información económica, pero al que realiza una auditoría de una empresa no le vale esa información. Quiere la información que esa empresa ha reconocido como oficial y que está firmada por sus administradores. Eso es el elemento que marca la calidad.
¿Los registradores son funcionarios públicos?
Somos unos funcionarios públicos, pero con un sistema particular, como el de los notarios. Asumimos la gestión del servicio público que se nos encomienda y lo financiamos con los ingresos que obtenemos por el propio servicio público. Es decir, los ingresos que se abonan en el Registro Mercantil, cuando se hace esa consulta por ejemplo, sirven para pagar la estructura del Registro Mercantil, a los empleados que trabajan allí, al registrador también, por supuesto. Y no supone un coste para el Estado.
El Estado no paga a los registradores.
Eso es. Por eso al final digo siempre lo mismo, que todo esto es una cuestión de costes.
¿La escala salarial de los registradores tampoco la marca el estado?
Lo que cobra un registrador está en función de lo que trabaja, como un notario. Pagas a tus empleados, pagas los sistemas informáticos, etc. y lo que queda, eso es lo tuyo. Cuando las cosas van muy mal, como durante la pandemia, te pones muy nervioso. Esto es así, porque hay veces que pierdes dinero, pero por suerte no es algo continuado, porque entonces no trabajaríamos. Pero tiene siempre un riesgo empresarial.