El Pacto de Toledo conservará las ventajas en el acceso a la pensión para las clases pasivas. Unos 640.000 beneficiarios cobraron la paga en agosto por un importe de €1.162M.
El Pacto de Toledo trabaja a marchas forzadas intentando lograr un acuerdo sobre la reforma de pensiones con la mayor prontitud posible, antes de la aprobación de los Presupuestos Generales. Una de las cuestiones que saldrá de las recomendaciones que los partidos presentes en la Comisión eleven al Ministerio de Seguridad Social es el mantenimiento de la jubilación a los 60 años para los funcionarios de clases pasivas (profesores, funcionarios de carrera de la Administración Central, militares de carrera, jueces, fiscales, guardias civiles, policías, etc.) una vez se apruebe la reforma, tal y como habrían acordado tanto PSOE como PP.
Según explican fuentes cercanas a la negociación, tras el revuelo creado en el mes de marzo cuando se incluyó en uno de los decretos del Estado de Alarma el traspaso a la Seguridad Social de la gestión nominal de estas pagas desde el Ministerio de Hacienda, y tras los rumores generados sobre el impacto que ello tendría en la cuantía de las prestaciones, los partidos se han apresurado a clarificar esta cuestión en el texto de recomendaciones para la reforma de pensiones. En él, una vez aprobado, se especificará que el traspaso de la gestión de estas pagas hacia el régimen general de jubilaciones no comportará de igual manera una homogeneización de los criterios que rigen el acceso a la pensión en la Seguridad Social, de modo que se concretará la intención de mantener las actuales condiciones de ventaja para el retiro laboral de estas personas.
Actualmente se contabilizan cerca de 640.000 empleados públicos jubilados en las clases pasivas y aproximadamente 700.000 funcionarios que siguen activos y cotizando en este régimen especial. Para todos ellos, la edad ordinaria y obligatoria de jubilación es de 65 años. Sin embargo, la ley les permite acogerse a la jubilación anticipada a partir de los 60 años, siempre y cuando hayan trabajado para el Estado un mínimo de 30 años. Cabe recordar que a partir de 2027 convivirán dos edades legales de jubilación en el régimen general: por un lado la de 65 años, para los trabajadores que tengan carreras de cotización superiores a los 38 años y seis meses, y la de 67 años para los que no hayan logrado alcanzar ese periodo de aportaciones.
De este modo, la principal ventaja que tienen los trabajadores en el régimen de clases pasivas es la posibilidad de acceder a la jubilación anticipada una vez cumplidos los 60 años de edad con el 100% del último salario reconocido, siempre que se tengan reconocidos 30 años de servicio.
Unificación de criterios
Según se recogía en el borrador de recomendaciones del Pacto de Toledo que cayó en saco roto allá por febrero de 2019 y que venía a reproducir lo mismo que en la redacción de esta cuestión en la reforma de 2011, a cerca de la situación de las clases pasivas se establecía que es necesario avanzar, en lo posible, en su “convergencia con las condiciones del régimen general, evitando la existencia de discriminaciones entre ambos en el periodo de tiempo que falta hasta su total desaparición”. Y es aquí donde estaría la clave del acuerdo alcanzado en el seno del Pacto de Toledo entre las fuerzas mayoritarias, ya que para esta entrega de las recomendaciones se pretende aclarar el mantenimiento de estas condiciones.
En este punto cabe recordar que no es una partida baladí del gasto del Estado sino que solo en el mes de agosto la nómina de estas prestaciones alcanzó los 1.162 millones de euros. No en vano, se trata de un régimen a extinguir, toda vez que desde 2011 todo estos casos de personal laboral causan alta el régimen general de la Seguridad Social. En los meses de paga extra de las pensiones, la nómina de estas pensiones alcanza los 2.260 millones de euros, casi el doble.
Por otro lado, en lo que se refiere a la suerte que correrán el resto de afiliados y cotizantes tras la reforma, parece que poco tendrá que ver con un nuevo incremento de la edad legal de jubilación que se fijó en los 67 años a partir de 2027, sino que se traducirá en un endurecimiento de las condiciones de acceso a la prejubilación (el Banco de España advierte de que un 40% de los ocupados se retira prematuramente del mercado laboral), al tiempo que se articula un cuadro de incentivos para continuar trabajando una vez que se ha alcanzado esta edad legal de jubilación y que puede comportar mejoras en la pensión que se perciba por cada año que se mantenga en el puesto de trabajo, los conocidos como empleados senior.
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