IRPH: El Supremo provoca una avalancha de denuncias contra el estado español

Tribunal Supremo

La sentencia del Supremo está provocando que muchos de los afectados por el IRPH hayan decidido abrir una vía paralela a la judicial a través de denuncias y reclamaciones contra el Estado español ante los diferentes organismos de la Unión Europea.

La sentencia del Supremo reconoció que el IRPH fue incorporado de manera no transparente al contrato, pero, con el voto particular discrepante del magistrado Francisco Arroyo Fiestasno detectó abusividad en la cláusula y la dio por buena, castigando, además a los afectados con el pago de las costas. En consecuencia, según el Supremo los bancos colocaron una cláusula de manera no transparente, es decir, han incumplido la ley, pero castiga, en vez de condenar a las entidades financieras, lo hace a los afectados. Algo increíble.

Una sentencia tan contradictoria y que pudiera, incluso, haber incumplido leyes españolas y europeas, provocó que el despacho de abogados Arriaga Asociados denunciara al Estado español por incumplimiento de la normativa europea en materia de defensa de los consumidores y usuarios, tras la decisión del Tribunal Supremo sobre la falta de transparencia y abusividad de la cláusula IRPH.

Hay que recordar la falta de transparencia conlleva que el consumidor no fue informado ni sobre el IRPH ni sobre las consecuencias económicas acerca del precio del contrato de préstamo, lo que comporta que necesariamente sea abusiva y, por tanto, nula. El hecho de no contar con toda la información disponible que debe entregar la entidad bancaria afecta directamente al consumidor, que no puede comparar con otras ofertas existentes en el mercado.

Este camino iniciado por este despacho de abogados es el que, haciendo uso de sus derechos como ciudadanos de la Unión Europea, han seguido, de momento, varios centenares de afectados por el IRPH. Diario16, por su responsabilidad en la defensa de los derechos de 1,3 millones de familias afectadas, publica hoy una Guía sobre cómo denunciar ante la Unión Europea.

Los ciudadanos europeos tienen muchas vías para denunciar a sus Estados si creen que se ha vulnerado la legislación de la UE que, y esto parece que olvidan en el Supremo, es preminente respecto a la española. De ahí que en sus sentencias sobre el IRPH no se cansen de colocar la coletilla «según la jurisprudencia del TJUE» para dar una apariencia de legalidad a sus decisiones.

Los afectados del IRPH podrían recurrir ante la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo, ya que, según el artículo artículo 227 del TFUE, tienes derecho a enviar una petición al Parlamento Europeo sobre la aplicación del Derecho de la Unión. Puedes hacerlo por correo o por internet, a través de la web del Parlamento Europeo.

Si cualquiera de los organismos europeos no hubiera un comportamiento adecuado con el ciudadano, existe la vía de la denuncia ante el Defensor del Pueblo de la UE.

Sin embargo, la vía más efectiva es la denuncia ante la Comisión Europea. Los afectados del IRPH tienen el derecho de dirigirse ante la Comisión en relación con cualquier medida (legislativa, reglamentaria o administrativa), falta de actuación o práctica de un país de la UE que se considere contraria al Derecho de la Unión.

La Comisión Europea sólo admite a trámite las denuncias por infracciones al Derecho de la Unión cometidas por las administraciones de los países de la UE, es decir, que las denuncias de los afectados del IRPH presentadas hasta la fecha se han presentado contra el Estado español, no contra el banco o caja que les endosó el IRPH.

Para presentar la denuncia, los afectados del IRPH, y cualquier ciudadano de la UE, está obligado a utilizar un formulario estándar en el que se debe incluir la descripción exacta de cómo España ha vulnerado la legislación de la UE y cuál es la disposición vulnerada. Por otro lado, es importante dar detalles de cualquier acción que se haya emprendido ya referida al asunto.

Una vez presentada la denuncia, la Comisión Europea enviará un acuse de recibo en un plazo de 15 días y en 12 meses como máximo está obligada a estudiar y decidir si cabe abrir un procedimiento formal de infracción contra el país en cuestión. Una vez que se decide que la infracción del derecho de la Unión denunciada es fundada se abrirá un procedimiento formal contra España.

Un aspecto muy importante a tener en cuenta es que la Comisión, si se viera obligada a comunicarse con el Estado español por la denuncia presentada, mantendrá en todo momento el anonimato del denunciante.

Por otro lado, si tras el estudio de la denuncia, la Comisión llevara a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y gana el juicio, el Estado español estaría obligado a tomar todas las medidas necesarias para subsanar las infracciones denunciadas.

¿Qué decir y qué poner en la denuncia?

En el Caso Banco Popular, Diario16 ya indicó a los afectados cómo y qué responder a un formulario de la Junta Única de Resolución. Con el IRPH no podía ser menos con el formulario de denuncia de la Comisión.

IRPH - 1

El punto 2.3 es crucial puesto que en él es donde se expone con más extensión los hechos y la vulneración que se ha realizado del derecho de la UE. Como sólo permiten 2.000 caracteres, hay que ser muy precisos, como en el siguiente ejemplo:

IRPH - 2

Diario16