Nada en España es libre, todo está redirigido, acotado, todo procede y parte del Estado. Por eso, se puede diferenciar y definir el tipo de relación de poder, es decir, de política, que está establecida, siendo pues un Régimen y no un sistema político o de poder.
Esto es, que el poder se distribuye desde arriba hacia abajo y no como ocurre en la relación y desarrollo propio de un sistema, donde el poder se organiza y distribuye desde abajo hacia arriba. Así pues, la opinión pública se origina en la atención que los individuos prestan a los medios, los cuales, son los que únicamente dispone el Estado. No hay prensa, radio o televisión libre o independiente, como sucede exactamente igual que en una dictadura. Nada con carácter público proviene de la creación, originalidad u ocurrencia de los individuos o sociedad civil gobernada. Hecha esta advertencia, determinemos primero, para saber de lo que estamos hablando, qué significa el término y la palabra “gestión”. ¿De dónde procede? ¿Para qué se usa? ¿Quién puede desarrollar una gestión sobre algún asunto en el terreno de lo público?
Mediante este artículo trataremos de explicar las causas y las principales razones por las que el sustantivo gestión no existe ni puede existir en España; gestión de carácter público o político, ya que, en términos particulares o privados, ya sea en el ejercicio del Derecho, mediante notarías o gestores para organizar documentación legal u homologada, o bien mediante abogados, jueces o procuradores para dirimir pleitos, conflictos o intereses particulares, en esos casos, sí se produce ese desarrollo administrativo para que se pueda hablar de gestión en sus propios términos. La burocracia no es gestión, es administración legal estatal. Se puede hablar también de “gestión” en el sector empresarial, cuyo objetivo se resume básicamente en un cometido de manejo o conducción para la mejora de la productividad y competitividad de una empresa. En resumen, en lo particular, estos casos son algunos de los cuales es donde se puede desarrollar ciertamente ese cometido de administración, proyecto o diligencia.
El término gestión proviene del latín, y de manera etimológica, está formado por palabras como “gestio”, resultado de la suma de “gestus” que significa “hecho” o “gestio, -onis”, unido con el sufijo “tio” traducido como “acción y efecto”. También lo encontramos en el lenguaje inglés como “to manage” que traducido al español quiere decir “gestionar”. El apunte que más nos va a servir para comprender el mensaje de este artículo es el hecho que implica al término “gestión” como un “sistema” y conjunto de mecanismos de carácter administrativo de acción-efecto que contiene un trámite o diligencia. Es decir, la gestión es un SISTEMA de funciones, trabajos o proyectos con un objetivo determinado que establece la relación, el trato o contrato entre dos o varios sujetos.
En términos políticos o públicos, no puede existir otra relación de poder que no sea la que existe entre el gobernado y el gobernante. En España no hay ningún sistema de poder, ya que el poder lo detentan las facciones que dominan legalmente los cotos del Estado, técnicamente denominados órganos permanentes del Estado, según la Jurisprudencia constitucional de la inteligencia política europea que es el Tribunal de Bonn en Alemania. Estos órganos del Estado son quienes tienen el oligopolio de la fuerza legislativa y ejecutiva, así como la organización de la facultad judicial del Estado, y los que ostentan la acción política legal, es por eso que sea propiamente dicho un Régimen en lugar de un sistema político o de poder. Este es el primer indicio para determinar la existencia de que haya o exista el desarrollo de un sistema de gestión en términos públicos en España.
Nos hemos de situar entonces, como es lógico y pertinente para comprender lo que estamos tratando, en el comienzo y el hecho que da origen a este Régimen de poder de partidos estatales, ya que es necesario considerar el germen de la dialéctica y lenguaje mediático y propagandístico del propio Régimen, para evitar caer en interpretaciones subjetivas, que solo nos pueden llevar a la confusión, del mensaje esclarecedor que pretende. El hecho característico funcional de las relaciones de poder en España actualmente en la relación que hay entre el gobernado y el gobernante, no permite la elección de personas sino la ratificación de unas listas elaboradas por los jefes de facción, es decir, deja al gobernado fuera del juego político. El hecho originario, a la vez que público, es fundador y fundamental para el funcionamiento del motor que mueve todos los organismos y estructuras, no solo para la formación en ocasiones de gobierno, sino para el ejercicio institucional establecido en todo el territorio de la Nación española, ya sea para la formación de sujetos de poder en lo regional, provincial o municipal. Ese hecho es el Consenso político. Los famosos “Pactos de la Moncloa” más en concreto. Es decir, el reparto de poder entre los poderosos sin control de los gobernados.
De las características del Régimen, hay que remarcar el hecho de la ausencia de representación política del elector, es decir, de la elección uninominal de representantes de distrito. En España, y en todas las naciones donde esté establecido un Estado de partidos como forma de gobierno, la representación política es exactamente nula, no existe, ya que, esta forma de gobierno, fundamentalmente, nace y se concibe para sustituir la representación parlamentaria tradicional por la “integración de las masas en el Estado”, de ahí que todos los partidos políticos, después de la II Guerra Mundial, dejen de ser partidos societarios (de la sociedad civil) y se hagan facciones ESTATALES. La doctrina que define y califica al Estado de partidos o Partidocracia vulgarmente hablando, es la del jurisconsulto Gerhard Leibholz en Alemania, quien especifica que: “el Estado de partidos, ya no pretende la representación política de los gobernados, sino que procura la identificación de estos con los colores de las facciones ya entronizadas dentro del Estado”.
Como en España no hay mandato del elector al elegido, como no existe contrato alguno ni relación alguna entre gobernado y gobernante, lo único que existe es la ratificación de listas de partido que el poder determina, y exclusivamente, como la forma de gobierno establecida no permite la representación del elector, no se puede hablar de “gestión” en sus propios términos y que hemos definido anteriormente. El Estado no tiene función de gestor, no es gestor, el ejercicio del Estado lo resuelve la función del gobierno que es la de gobernar, no de gestionar. Esta es la prueba magna de que en España no existe la equivocadamente llamada “gestión de gobierno”. Para que exista gestión tiene que haber o existir un MANDATARIO, es decir, un REPRESENTANTE POLÍTICO, con un programa, con una diligencia, es decir, como hemos señalado al principio, un hecho de “acción-efecto”. Tiene que haber un sistema y no un régimen.
En virtud del consenso, del significado propio de este término, que es característico de las oligarquías para su funcionamiento, como sucede en España, no puede haber gestión, lo que hay en España es un REPARTO DE PODER, definido por unas cuotas de poder entre las facciones dentro el Estado en virtud de un sistema proporcional que las define, y sobretodo, un elenco del dinero público entre las personas que habitan las instituciones, esto es, corrupción. En España no existe la gestión, existe la corrupción de aquellos quien, sin consentimiento de los gobernados, es decir, sin representación política, organizan y se reparten, sin transparencia alguna como es evidente, el botín del Estado que proviene de los contribuyentes y demás arcas públicas.
Cada vez que oigan ustedes a alguien mencionar la palabra “gestión de gobierno” no sabe lo que dice, ya que la función de gobierno es únicamente la de gobernar y no la de gestionar, y deben de saber, que no puede haber gestión, en política, si no hay dos partes en acuerdo que, mediante un sistema de diligencias, procuran un objetivo de carácter administrativo determinado, en términos públicos, con representación política de los electores; en la relación que se establece entre mandatario-mandante existe gestión, en un Régimen que impide la representación como es el Estado de partidos no, ya sea en el campo regional (juntas autonómicas), provincial (diputaciones) o de municipios (alcaldías o ayuntamientos), ya que todo en un Estado de partidos, como hemos empezado diciendo, el ejercicio de la política se reúne y desarrolla única y exclusivamente en un ámbito interno de régimen ESTATAL, sin participación de la nación para que pueda ser un sistema característica propia del ejercicio y función de “gestionar”.
Por eso cuando hay un sistema, ya sea económico, político o social, existe un control, un consentimiento, un mecanismo de frenos y filtros de conducta y funcionamiento. Lo que existe en España, que carece de sistema, es un verdadero entramado económico-político, donde no existe control ninguno de las instituciones, donde no existe representación del elector y donde bancos, empresas y medios viven en connivencia con el poder político, de todos los partidos. Quiero añadir que este artículo se refiere a lo que hay dentro de España, ya que soy perfectamente consciente que fuera de nuestras fronteras, más en concreto las medidas europeas, son las que dictan el futuro de los españoles, no porque todo se controle desde Bruselas, sino porque no son los españoles quien tienen herramientas para controlar a la clase estatal en el poder. En España no hay democracia, no hay constitución, no existe una separación de poder y mientras no se pongan frenos y medidas de control al poder, mientras no se construya un sistema institucional democrático, lo que habrá será un entramado sin control, que es lo que existe hoy y desde 1978, en el cual se ha vendido España al extranjero y ningún español ha podido impedirlo.
¿Qué creen los españoles que tiene que gestionar el gobierno de turno? ¿su dinero sin su consentimiento y con toda la confianza? El gobierno lo único que tiene que hacer, cuando hay Democracia, es gobernar.
Antonio HR, Libertad política
He aqui el autor del articulo. Ya que ustedes lo han tomado, lo minimo que pueden hacer es señalar de donde y de quien. No es licito copiar sin señalar quien es el autor.
El titulo ni siquiera es el original. Ruego cambien ustedes el titulo y añadan el nombre del autor del mismo articulo que soy yo.
Arreglado