España es denunciada ante la UE varias veces al año por prevaricación continuada del Tribunal Supremo

Tribunal Supremo ladrón

El Tribunal Supremo rechazó de manera sistemática en diferentes procesos elevar cuestión prejudicial, algo a lo que está obligado y que podría suponer la revisión de las resoluciones, aunque en el derecho español sean catalogadas como firmes.

España tiene un problema con la aversión absoluta de la Administración de Justicia a todo lo que venga de Europa, por más que el Derecho de la Unión sea prevalente. Tal y como hemos publicado en Diario16, miles de sentencias firmes pueden ser revisadas por ir en contra de la jurisprudencia europea y el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) es favorable a dicha revisión.

En los últimos años, el Estado español ha sido denunciado de manera recurrente por ciudadanos y profesionales de la Justicia independientes ante los organismos de la Unión porque se ha detectado que en miles de procedimientos judiciales las solicitudes de elevar cuestiones prejudiciales dirigidas al TJUE eran rechazadas de manera sistemática y siempre con parecidas argumentaciones. Varios de estos procedimientos se han vehiculizado en denuncias a la Comisión Europea y a Direct Europe, el Servicio de Compliance de la UE.

Estos hechos, según algunos de los denunciantes, se ha dado en las salas tercera, cuarta y quinta del Tribunal Supremo, en la Audiencia Nacional, Tribunales Superiores de Justicia de Madrid y Cataluña, así como en la Audiencia Provincial de Sevilla.

Los interinos de la Justicia, un «caso de manual»

Una de estas denuncias correspondió a un procedimiento instado a la Sala Tercera del Supremo por el exjuez Fruitós Richarte. La pretensión era que a los jueces sustitutos se les reconociese su relación laboral indefinida tras años de contrataciones temporales y la discriminación sufrida al no ser dados de alta en la Seguridad Social pese a que se hallan a la total disposición de sus Tribunales Superiores de Justicia.

En consecuencia, los jueces sustitutos tienen un contrato de 0 horas e incompatibilidad para poder trabajar para terceros. Una situación similar a la que sufren los falsos autónomos. En este caso, el Supremo no le dio la razón. Sin embargo, no se instó ninguna cuestión prejudicial a la Justicia europea.

La respuesta recibida del Servicio de Compliance de la UE, tras denunciar los hechos, fue la siguiente: «A la luz de la nueva información facilitada por el informante y del análisis de la jurisprudencia pertinente, parece que el órgano jurisdiccional nacional debería haber remitido la cuestión al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas para una remisión prejudicial […] Hemos identificado más de sesenta casos entre febrero de 2015 y marzo de 2017 en los que el Tribunal Supremo español se negó a remitir el caso al Tribunal de Justicia. De acuerdo con la legislación española, no existe ningún recurso judicial contra la decisión del Tribunal Supremo y, por lo tanto, de acuerdo con el artículo 267 TFUE, el tribunal debería haber llevado el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE».

Prevaricación continuada

Tras consultar con varias decenas de letrados expertos en la materia se concluyó que existen indicios claros, continuados y contrastados con la Unión Europea de que las instituciones de Justicia del Estado español han cometido un presunto delito de prevaricación continuada por su insistente y continuada voluntad de, en perjuicio del justiciable, no aplicar el Derecho de la Unión, que es prevalente al Derecho nacional y tiene primacía sobre el mismo.

Los denunciantes hablan de acciones dolosas, no culposas, dado que las personas que supuestamente más deben saber de derecho impidieron, presuntamente, acceder a la Justicia Europea.

No hubo ningún voto particular ni oposición a estas decisiones. Los denunciantes deducen que pudo haber un acuerdo previo de las salas para que esto ocurra. Además, estos hechos se pudieron producir a sabiendas del grave perjuicio que estas decisiones provocarían en la ciudadanía. Por tanto, es recurrente la denuncia por trato degradante, según se indica en la jurisprudencia española, europea e internacional.

Decenas de miles de afectados

A todo lo anterior hay que añadir una gravedad añadida de los hechos. El Servicio de Compliance de la UE habló de más de sesenta casos que llegaron a la Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión. Es decir, de ciudadanos e instituciones que en «empleo, asuntos sociales e inclusión», pusieron su demanda de prejudicialidad, se la denegaron y denunciaron a Europa. Pero ¿cuántos son los que la pusieron y no se quejaron a la UE? ¿Cuántos fueron los que ya ni tan siquiera la pusieron, porque pensaban que era un muro infranqueable? ¿Cuántos de otras materias o juzgados?

Estaríamos hablando de decenas de miles de afectados. Muchos de ellos lo han perdido todo por causa de la actuación presuntamente delictiva de unos magistrados. En el caso de los interinos, se trata de los derechos de los funcionarios de todos los niveles y especialidades. Desde guardias civiles a maestros, bomberos o sanitarios. Hablamos de derechos sociales, sindicales y de los trabajadores; pero también de multas y de sanciones, de fianzas y de impuestos, de despidos e indemnizaciones.

Por estos hechos, la nueva Fiscalía de la UE podría abrir un expediente para que se separe inmediatamente de sus cargos aquellos que presuntamente prevaricaron. Además, la cruda realidad es que España se acercaría al nivel judicial de países como Hungría, Bulgaria o Polonia.

D16