El Anteproyecto de la Ley Concursal de Pedro Sánchez no goza del aprecio del sector legal.
Una avalancha de argumentadas críticas llega desde asociaciones profesionales, colegios de abogados, titulados mercantiles… Reina el descontento. Los profesionales del ámbito concursal estiman injustificada el nuevo matiz de intervención estatal en procedimientos en los que además el propio Estado suele ser parte interesada en su calidad de acreedor en tantos concursos.
Las alegaciones, pese a abrirse el plazo en el mes de agosto -cuando la gran parte del sector esta de vacaciones- y con escasos días para ser presentadas, se han multiplicado. En primer lugar, las entidades especializadas quedan en una posición bastante comprometida en la nueva ley concursal. Y es que, de ver la luz se generaría un claro perjuicio de los acreedores de los concursos, y desde un punto de vista empresarial, supondría la desaparición de las empresas especializadas con las graves consecuencias que ello acarrearía, desprofesionalización en la gestión de activos, desaparición de múltiples puestos de trabajo, e intervencionismo estatal desmesurado en la empresa privada.
Todas las alegaciones parecen concordar en que esta reforma solo agravará lo que paradójicamente pretende aliviar, la saturación de las salas mercantiles. Según Asociación Nacional de Entidades Especializadas (ANEES), poner en marcha a un año vista unos nuevos procedimientos concursales claramente distintos a los que conocemos, o al menos, en lo que se refiera a las microempresas que suponen más del 90% de los procedimientos que llegan a los Juzgados, se entiende que es precipitado y temerario; y la intención de agilizar los procedimientos y primar por la continuidad de los negocios se volverá con toda seguridad en contra.
También abundan en esta objeción las distintas Asociaciones de Jueces, que sí coinciden en una cuestión: la sobrecarga de trabajo que soportan y que ahora se verá además en la necesidad de fijar reglas especiales de liquidación dependiendo de la naturaleza del concurso. Hay que tener en cuenta además que la nueva Ley de Sánchez indica que en los procedimientos de microempresas será el deudor el que directamente subirá a la plataforma electrónica la relación de bienes para proceder a su enajenación, lo supone una contradicción y generará graves problemas de gestión.
La Ley concursal de Sánchez por tanto, no parece tener efecto positivo alguno, salvo el cosmético, dejando fuera del concurso de acreedores a la gran mayoría de empresas que necesitarán acogerse a él. Una propuesta que actúa en contra de las empresas, los operadores dentro del tráfico jurídico, los tribunales y sólo a favor de la estadística de concursos de acreedores cuyo aluvión se ha intentado resolver con la ocurrencia de llamar a un procedimiento especial a más del 80% de los afectados.