Madrid exime de impuestos las compras entre particulares por eBay o Wallapop

Wallapop

Plantea una exención en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales para las transacciones entre personas físicas por importe inferior a los 500 euros.

Las adquisiciones de bienes de segunda mano entre particulares a través de plataformas digitales como Wallapop, Vibbo o eBay estarán oficialmente exentas de tributación en la Comunidad de Madrid, al menos eso es lo que plantea una de las medidas incluidas por el Ejecutivo de Cristina Cifuentes en el anteproyecto de Ley de Medidas Fiscales de la Comunidad de Madrid presentado este martes en el Consejo de Gobierno de la región.

El paquete de rebajas fiscales anunciado por Cifuentes, que incluye también una reducción general del tramo más bajo del Impuesto sobre la Renta y una abaratamiento de la carga fiscal para las herencias recibidas por hermanos, tíos y sobrinos, establece una nueva bonificación del 100% sobre la cuota del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO) – es decir, una exención fiscal total – “para la adquisición de bienes muebles y semovientes de menos de 500 euros de valor real adquiridos por personas físicas”. Si traducimos el lenguaje jurídico al román paladino para aclarar el alcance de la medida, encontramos que los bienes muebles se entienden como toda aquella propiedad de un individuo que se puede trasladar físicamente, y los semovientes son los que forman parte del patrimonio de un particular y tienen la cualidad de poder moverse por sí mismos, básicamente ganado y animales domésticos.

La medida implica la desaparición de la obligación de pagar el tipo del 4% de ITP para los contribuyentes que adquieran ese tipo de bienes. En concreto, las transacciones entre particulares que quedarán exentas por la acción de este incentivo serán, por una parte, las compras de unidades de ganado o animales domésticos de valor inferior a esos 500 euros, pero, fundamentalmente, las pequeñas transacciones entre particulares, un mercado en plena expansión que de un tiempo a esta parte ha sido copado por ‘mercadillos digitales’ como Vibbo, Wallapop o eBay y cuya operativa se ha situado últimamente en el punto de mira de la autoridades tributarias por su presunto funcionamiento al margen de las normas fiscales habituales.

Según la información difundida por la Comunidad de Madrid, la medida “pretende dar seguridad jurídica a los compradores particulares de este tipo de bienes, estableciendo un límite exento de 500 euros por debajo del cual no se debe tributar este impuesto, con la única excepción de los vehículos”.

El difícil control fiscal de la ‘nueva economía’

A los usuarios habituales de estas plataformas de intercambio se les mudó el gesto cuando hace unos meses escucharon al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, recordar que la adquisición de bienes de segunda mano por este cauce estaba sujeta a impuestos, que originaba a los compradores la obligación de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y que la cuotar ascendía al 4% del valor de lo adquirido. “El comercio digital no puede ser diferente de lo que han sido las transacciones comerciales de toda la vida”, aclaró el ministro, “y las transacciones comerciales están sometidas a tributación”. La ‘noticia’, un recordatorio de las normativa fiscal ya existente, en realidad, se interpretó como un intento de Hacienda de someter a gravamen esas transacciones y supuso una desagradable sorpresa para la mayoría de los usuarios, cuya principal preocupación hasta ese momento había sido conseguir un precio lo más barato posible por los productos que adquirían en esas plataformas.

La suerte para ellos es que el asunto no cae en la esfera de actuación de la Agencia Tributaria, el ‘brazo armado’ del Ministerio de Hacienda para la lucha contra el fraude, sino dentro del perímetro competencial de las comunidades autónomas y éstas tienen a día de hoy los recursos justos para controlar más o menos el correcto pago de los impuestos que gestionan…pero poco más. De hecho, la llamada de atención de Montoro no generó reacción alguna en las administraciones tributarias regionales, conscientes de que no pueden entrar a controlar esas pequeñas transacciones por sus propios medios.

En este marco, y con la Comisión Europea ultimando una propuesta para someter a tributación la actividad económica de las tecnológicas, la Comunidad de Madrid ha optado por dejar exentas estas pequeñas operaciones entre particulares antes de mantener una obligación fiscal que ni se cumplía ni el Gobierno regional podía hacer cumplir.

La Información